Claudia Bolaños
La iniciativa de reforma judicial del presidente Andrés Manuel López Obrador considera sustituir a los actuales 11 ministros, lo que sucedería, de aprobarse su iniciativa de reforma, el próximo año.
Uno de los principales cambios es la desparición del Consejo de la Judicatura por la de un Tribunal de Disciplina Judicial.
Además, el tiempo en el cargo de los nuevos integrantes de la Suprema Corte se reduciría de 15 a 12 años; aunado a que ellos y en total los mil 64 juzgadores serían electos, luego de que el Senado revice la idoneaidad de los aspirantes y determine a quienes podrán contender.
Y magistrados y jueces de Distrito durarán en su encargo nueve años, y podrán participar para ser reelectos cada que concluya su periodo.
Durante el lapso legal de su campaña, -de las cuales no se considera modo ni duración- tendrán derecho de acceso a radio y televisión de manera igualitaria, conforme a la distribución del tiempo y participarán en foros de debate organizados por el propio Instituto electoral.
Pero estará prohibido el financiamiento público o privado de sus campañas, así como la contratación por sí o por interpósita persona de espacios en radio y televisión para promocionar candidatas y candidatos.
Los partidos políticos no podrán realizar actos de proselitismo a favor o en contra de candidatura alguna.
En la iniciativa que este 5 de febrero envió el Ejecutivo al Legislativo, indica que desde hace 30 años no se realiza una reforma judicial, pese a sus adeudos en materia de justicia a la sociedad.
La iniciativa un recuento de los cambios a dicho poder, e incluso las críticas a que personas sin conocimientos eligieran a los ministros, en tanto que otros señalaban que los estudiados intengrantes del máximo tribunal no cumplían con las espectativas de la sociedad de entonces.
En las reformas al Artículo 94, se refiere la desaparición del Consejo de la Judicatura, órgano que actualmente es el encargado de sancionar a los jueces que incumplen con sus encomiendas.
“La administración del Poder Judicial de la Federación estará a cargo de un órgano de administración judicial, mientras que la disciplina de su personal estará a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial, en los términos que, conforme a las bases que señala esta Constitución, establezcan las leyes (…)”.
Para todos los integrantes de este Poder, su sueldo no podrá ser mayor al del Ejecutivo; como una y otra vez lo ha reprochado el presidente López Obrador, ante los sueldos y altas prestaciones con las que cuentan.
“La remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito, los Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, los Magistrados Electorales y demás personal del Poder Judicial de la Federación, no podrá ser mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente y no será disminuida durante su encargo.
Las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia durarán en su encargo doce años y sólo podrán ser removidos del mismo en los términos del Título Cuarto de esta Constitución”, señala la iniciativa.
El artículo 96 señala que jueces, magistrados y ministros, serán elegidos de manera directa y secreta por la ciudadanía el primer domingo de junio en las elecciones ordinarias del año que corresponda.
Para el caso de los integrantes del Máximo Tribunal, la elección se realizará a nivel nacional.
El Senado de la República emitirá la convocatoria para la integración del listado de candidaturas el día que se instale el primer periodo de sesiones ordinarias del año anterior al de la elección que corresponda, el cual contendrá las etapas completas del procedimiento, sus fechas y plazos improrrogables.
Destaca que los tres poderes podrán hacer sus postulaciones de hasta 10 personas.
“El Poder Ejecutivo postulará de manera paritaria por conducto de la persona titular de la Presidencia de la República hasta diez personas aspirantes; el Poder Legislativo postulará hasta cinco personas por cada Cámara mediante votación calificada de dos tercios de sus integrantes presentes, y el Poder Judicial de la Federación, por conducto del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, postulará hasta diez personas por mayoría de seis votos.
El Senado de la República recibirá las postulaciones, verificará que las candidaturas propuestas cumplan los requisitos de elegibilidad, 35 años, tener estudios en Derecho, y experiencia de 5 años, y ya no es necesario el haber ejercido el servicio público en la materia de justicia,
Luego este legislativo remitirá el listado al Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (antes podría haber sido el INE, en caso de que se apruebe la reforma electoral)
antes de que concluya el año anterior al de la elección que corresponda, a efectos de que organice el proceso electivo. Los Poderes de la Unión que no remitan sus postulaciones al término del plazo previsto en la convocatoria respectiva no podrán hacerlo posteriormente,
El Instituto efectuará los cómputos de la elección y los comunicará al Senado de la República, que de inmediato realizará y publicará la suma, y enviará los resultados a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la cual resolverá las impugnaciones, calificará el proceso y declarará sus resultados antes de que el Senado de la República instale el primer periodo ordinario de sesiones del año de la elección que corresponda, fecha en que las personas aspirantes electas tomarán protesta de su encargo ante dicho órgano legislativo.
Para jueces y magistrados se realizará por circuito judicial bajo las modalidades que señale la legislación electoral y conforme al procedimiento establecido en la fracción anterior.
Cada uno de los Poderes de la Unión postulará hasta dos personas de manera paritaria para cada cargo: el Poder Ejecutivo lo hará por conducto de su titular; el Poder Legislativo postulará una persona por cada Cámara mediante votación de dos terceras partes de sus integrantes presentes, y el Poder Judicial de la Federación, por conducto del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, postulará hasta dos personas por mayoría de seis votos.